Es una pregunta que muchos usuarios tienen. ¿Pueden multarme por tener aparcado en mi casa un coche sin seguro? La respuesta por parte de la administración es clara. Sí. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) obliga a todos los propietarios de vehículos aptos para circular y matriculados en Europa a contar con un seguro de responsabilidad civil pese a que el coche esté parado y sin circular.
Multa por guardar un coche sin seguro
El Tribunal de Luxemburgo establece que mientras el vehículo no se dé de baja en la Dirección General de Tráfico o la autoridad competente de los Estados Miembros de la UE, debe estar asegurado. ¿Por qué? La respuesta es bien sencilla. Un automóvil que es apto para circular según el sistema y que no se ha retirado de la circulación, es a efectos legales un vehículo. Dicho vehículo está sujeto a la obligación de aseguramiento pese a que su propietario no quiera o pueda conducirlo y decida tenerlo de exposición en su casa. Pese a tenerlo en tu recinto privado dentro de tu casa, debes contar con un seguro si está dado de alta en DGT.
Si lo pensamos fríamente, es bastante lógico. Imaginemos que tenemos una finca en una urbanización con escasa circulación, por la que prácticamente no pasa nadie por tu calle y puedes permitirte el lujo de dejarlo en la puerta de tu casa. ¿Qué pasaría si el coche, por el motivo que fuera, se soltara el freno de mano y acabara golpeando otro coche, o en el peor de los casos, a una persona? Nos podemos buscar un problema curioso al carecer de seguro de responsabilidad civil.
La cosa cambia si decidimos ir a la Jefatura de Tráfico o a un desguace para dar de baja al coche. En ese momento, no se entiende por él como vehículo y pasa a ser una propiedad como podría ser un teléfono móvil.
La solución es bastante fácil. Si tenemos un coche que no queramos usar por un tiempo y queremos conservarlo, se debe solicitar la baja temporal, y en un futuro volver a dar el alta del vehículo. Es la única manera de que la DGT no nos sancione. Tráfico cuenta con sistemas informáticos y ficheros donde a través del cruce de bases de datos pueden saber qué vehículos están dados de alta en el sistema y carecen de seguro obligatorio, por lo que no es necesario ni ver el vehículo. Les basta con enviar la sanción directamente.
No disponer de seguro obligatorio para vehículos conlleva una sanción que oscila entre los 600 y 3.000 €. Si no dispones de un seguro de coche y estás interesado, ponte en contacto con una correduría de seguros para vehículos y buscarán las coberturas que se adapten a tus necesidades.
Y no puedo dar de baja temporal el coche y dejarlo en la calle?
Buenas tardes Iraitz,
Legalmente, no. Como decimos, si el vehículo está en la vía pública tiene que estar dado de alta y contar con un seguro obligatorio. Sí que podrías conservar el vehículo en un parking privado o una finca si estuviese dado de baja. temporal.