La señal luminosa de los vehículos prioritarios pasará a ser de color azul tal y como se recoge en la Orden PCI/810/2018, publicada el 31 de Julio en el BOE, modificando así varios anexos del Reglamento General de Vehículos.
Hasta la publicación de esta reforma, los dispositivos luminosos de color azul eran de uso exclusivo para vehículos de la policía y el color amarillo para el resto de vehículos prioritarios, como los bomberos, ambulancias o protección civil.
El dispositivo luminoso de color amarillo también era utilizado por vehículos lentos o con escasa velocidad, o vehículos que estén realizando labores de mantenimiento y reforma en una vía. Esta situación generaba confusión a muchos conductores en las vías, ya que no se identificaba de forma clara si era un vehículo prioritario o no. Con esta reforma, se pretende evitar esta confusión reservado el color azul para cualquier vehículo de servicio prioritario y el amarillo para trabajadores de la vía o vehículos de escasa velocidad.
¿Qué son los vehículos prioritarios?
Los vehículos de los cuerpos policiales, extinción de incendios (bomberos), protección civil y salvamento o de asistencia sanitaria (ambulancias) de carácter público o privado y que circulen en servicio urgente son considerados vehículos prioritarios. Utilizan señales acústicas como las sirenas y señales luminosas para indicar su posición en la vía en casos de emergencia.
Estos vehículos pueden circular por encima de los límites de velocidad establecidos y no estarán obligados a respetar otras normas y señales de tráfico, al encontrarse en un servicio de emergencia.
¿Cómo debo comportarme con un vehículo en servicio de emergencia?
Todos los conductores tenemos la obligación de adoptar las medidas necesarias cuando se percibe la proximidad de un vehículo de urgencia, facilitándole el paso apartándonos o deteniéndonos si fuese necesario, tal y como se recoge en el Artículo 69.
En el caso de que sea un coche de policía el que active la luz roja o amarilla de forma intermitente, los conductores deberemos detenernos al lado derecho de la vía sin molestar al resto de usuarios de la vía, permaneciendo en el interior y siguiendo las instrucciones que el agente nos indique.
¿Puedo circular como un vehículo prioritario?
Puede darse el caso de que un vehículo normal se vea forzado a efectuar un servicio de urgencia, comúnmente reservado a vehículos prioritarios. En el artículo 70, se establece que dicho conductor procurará advertir al resto de usuarios de la vía su situación especial o de urgencia, mediante el uso de claxon y las luces de emergencia. Se recomienda también agitar un pañuelo o una prenda vistosa por la ventanilla. Estos vehículos deben respetar las normas de circulación, sobre todo en intersecciones, mientras que el resto de vehículos deberán comportarse como si se tratase de un vehículo prioritario (artículo 69).
Esta excepción sólo puede ser empleada en caso real de urgencia y cuando no se dispongan de otros medios. Los agentes de la autoridad podrán exigirte un justificante de tu actuación, ya que incumplir todas estas normativas son consideradas infracciones graves.
La recomendación es avisar siempre a los servicios de urgencia y seguir sus instrucciones. En caso de colapso en una emergencia, como ante un atentado o catástrofe, se podrá circular así. En el caso de las mujeres embarazadas, es siempre recomendable circular de forma tranquila y/o avisar a una ambulancia. Sólo en caso extremo deberemos recurrir a esta excepción.
¿Qué pasa si me salto un semáforo por dejar pasar a un policía o ambulancia?
En caso de estar parados en un semáforo en rojo y tener detrás nuestro un vehículo de emergencia solicitando paso, como un coche de policía o ambulancia, por norma general deberemos apartarnos y dejar pasar, incluso adelantándonos al punto de detención del semáforo en rojo.
Con la ley en la mano, un agente de la autoridad o un semáforo con cámara podrá multarnos por saltarnos un semáforo en rojo al dejar pasar a un vehículo de emergencia. Los agentes no suelen proceder a sancionar en estos casos, pero el semáforo-radar sí lo hará. En ese caso y dependiendo del funcionario que revise la multa, podría llegarnos la denuncia, considerada infracción grave con una sanción de 200 euros y retirada de 4 puntos del permiso de conducir.
Para anular la denuncia por semáforo rojo y ambulancia, deberemos probar que las circunstancias eran lo suficiente importantes como para motivar a una infracción así. Para ello, podemos dirigirnos al servicio de ambulancia o a la comisaría de policía para solicitar un parte que recoja en qué momento hubo un servicio de emergencia.
La recomendación de Desguaces La Cabaña es el uso del sentido común. En un caso tan específico como este y ante las incompetencias de la administración en muchos casos, es más factible dejar pasar a un vehículo de emergencia subiéndote a la acera o dejando el máximo hueco libre que saltándose un semáforo-radar en rojo. Al fin y al cabo, el semáforo no entiende de ética y sanciona de forma automática. También tener en cuenta, que si en esa ambulancia hubiera un familiar nuestro, saltaríamos el semáforo asumiendo la multa. Es una cuestión ética de cada uno abierta a debate.